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Sucesiones por vía judicial y por vía notarial en Colombia

  • Foto del escritor: Jhonatan Bernal
    Jhonatan Bernal
  • 28 mar
  • 4 Min. de lectura

En Colombia, el proceso de sucesión, que implica la transferencia de los bienes, derechos y obligaciones de una persona fallecida a sus herederos o legatarios, puede realizarse a través de dos vías principales: la judicial y la notarial. Ambas modalidades tienen procedimientos, requisitos y finalidades distintos, dependiendo de las circunstancias del caso, la normativa colombiana y la voluntad de las partes involucradas. A continuación, se analizan ambas opciones, sus diferencias, ventajas y desventajas, en el contexto del sistema legal colombiano.

Sucesión por vía judicial

La sucesión por vía judicial en Colombia se lleva a cabo cuando existe un conflicto entre los herederos, no hay acuerdo sobre la distribución de los bienes, o la ley exige la intervención de un juez para garantizar la legalidad del proceso. Este procedimiento está regulado principalmente por el Código de Procedimiento Civil y el Código Civil Colombiano. Algunos casos en los que se recurre a esta vía incluyen:

  1. Sucesión intestada: Cuando el fallecido no dejó testamento, el juez debe determinar quiénes son los herederos legítimos según el orden de sucesión establecido en el artículo 1045 del Código Civil. Este orden prioriza a los descendientes (hijos), ascendientes (padres) y al cónyuge, en ese orden, y en ausencia de estos, a otros parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad.

  2. Conflictos entre herederos: Si los herederos no logran ponerse de acuerdo sobre la repartición de los bienes, o si alguno cuestiona la validez del testamento (por ejemplo, alegando incapacidad del testador o vicios en el documento), el asunto debe resolverse en un juzgado. Este proceso puede incluir la designación de un partidor, quien se encargará de dividir los bienes de manera equitativa.

  3. Menores o incapaces involucrados: Si entre los herederos hay menores de edad o personas declaradas incapaces, la intervención judicial es obligatoria para proteger sus derechos, conforme lo establece el Código de la Infancia y la Adolescencia.

Procedimiento judicial

El proceso comienza con la presentación de una demanda de sucesión ante un juez civil del circuito o municipal, dependiendo del valor de los bienes. Los pasos principales incluyen:

  • Apertura del proceso: Se presenta la solicitud acompañada de documentos como el certificado de defunción, el registro civil de los herederos y, si existe, el testamento.

  • Notificación: Se notifica a todos los posibles herederos y acreedores para que participen en el proceso.

  • Inventario y avalúo: Se realiza un inventario de los bienes del fallecido y se determina su valor.

  • Partición: El juez o un partidor designado divide los bienes entre los herederos.

  • Sentencia: El juez emite una resolución que formaliza la distribución de los bienes.

Ventajas y desventajas

  • Ventajas: La vía judicial garantiza una resolución imparcial en casos de conflicto y protege los derechos de todas las partes, especialmente de menores o incapaces. Además, las decisiones judiciales tienen fuerza ejecutoria.

  • Desventajas: Este proceso puede ser largo (a veces toma años debido a la carga de los juzgados en Colombia) y costoso, ya que implica honorarios de abogados, costas judiciales y posibles apelaciones.

Sucesión por vía notarial

La sucesión por vía notarial, regulada en Colombia por la Ley 29 de 1974 y el Decreto 902 de 1988, es una alternativa más ágil y menos conflictiva, siempre que exista acuerdo entre los herederos. Este procedimiento se realiza ante un notario público y es aplicable en los siguientes casos:

  1. Acuerdo entre herederos: Todos los herederos deben estar de acuerdo en la forma de repartir los bienes, ya sea que exista testamento (sucesión testamentaria) o no (sucesión intestada).

  2. Ausencia de menores o incapaces: Si hay menores o personas incapaces entre los herederos, el proceso debe pasar por vía judicial para garantizar la protección de sus derechos, salvo que un juez haya autorizado previamente la sucesión notarial.

Procedimiento notarial

El proceso notarial es más sencillo y rápido que el judicial. Los pasos principales son:

  • Solicitud ante el notario: Los herederos presentan una solicitud conjunta, acompañada de documentos como el certificado de defunción, registros civiles de los herederos, el testamento (si lo hay) y un inventario preliminar de los bienes.

  • Publicación de edictos: El notario publica un edicto durante 10 días hábiles para notificar a posibles acreedores o terceros interesados, conforme lo exige el artículo 3 del Decreto 902 de 1988.

  • Escritura de partición: Si no hay oposición, los herederos firman una escritura pública de partición, donde se formaliza la distribución de los bienes.

  • Registro: La escritura se inscribe en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos para que tenga efectos legales sobre los bienes inmuebles.

Ventajas y desventajas

  • Ventajas: La vía notarial es más rápida (puede tomar entre 1 y 3 meses) y menos costosa que la judicial, ya que evita largos procesos en tribunales. Además, fomenta la conciliación entre las partes.

  • Desventajas: No es aplicable si hay conflictos entre los herederos o si hay menores o incapaces involucrados sin autorización judicial. También puede ser menos rigurosa en la verificación de deudas del fallecido, lo que podría generar problemas futuros.

Comparación y consideraciones finales

La elección entre la vía judicial y la notarial en Colombia depende de las circunstancias específicas de cada caso. La vía judicial es necesaria cuando hay conflictos, menores o incapaces involucrados, o cuando se requiere la intervención de un juez para garantizar la legalidad del proceso. Sin embargo, es un procedimiento más lento y costoso. Por otro lado, la vía notarial es ideal cuando hay consenso entre los herederos, ya que es más rápida y económica, pero no es viable en todos los casos.

En el contexto colombiano, donde los juzgados suelen estar saturados, la vía notarial se ha convertido en una opción cada vez más popular para agilizar los trámites sucesorales. No obstante, es fundamental que las partes cuenten con asesoría legal para evitar errores que puedan invalidar el proceso o generar conflictos futuros. En última instancia, ambas vías buscan el mismo objetivo: garantizar una distribución justa y legal de los bienes del fallecido, pero el camino para lograrlo varía según las necesidades y circunstancias de los herederos.

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